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Las presuntas omisiones que tienen en aprietos a siete militares por atentado a la Brigada 30
Conozca detalles de lo que le reprocha la Procuraduría a cada uno de los uniformados.
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Lucy Araque
Lucy Araque
Categoría nota
Sábado, 16 de Octubre de 2021

Las conductas aparentemente omisivas de siete uniformados del Ejército, entre ellos cuatro oficiales y tres suboficiales, antes del atentado perpetrado el pasado 15 de junio en la Brigada 30, por la disidencia del frente 33 de las Farc, y el día mismo que estalló el carro bomba al interior de esta unidad militar, los tiene bajo la lupa de la Procuraduría.

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Como lo anticipó esta semana la procuradora general, Margarita Cabello Blanco, en entrevista con La Opinión, el Ministerio Público tomó las primeras decisiones en torno a la investigación que inició de oficio por estos hechos, ordenando formular cargos y citar a audiencia de juicio disciplinario al grupo de militares.

El proceso está a cargo de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales, que en los últimos meses adelantó varias visitas especiales, practicó pruebas y escuchó diferentes testimonios que le permitieron encontrar elementos de peso para inferir la presunta comisión de faltas disciplinarias por parte de los investigados.

Con la investigación se busca determinar si los siete uniformados pudieron haber incurrido en alguna omisión en el ejercicio de sus funciones, toda vez que como lo contó ampliamente La Opinión en su momento, el vehículo cargado con explosivos que estalló al interior de la Brigada, dejando al menos 46 personas heridas, habría ingresado a esas instalaciones sin los controles necesarios que permitieran frustrar el ataque.

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Durante la audiencia de juicio, que se adelantará conforme el procedimiento del régimen disciplinario militar, los implicados podrán exponer su versión de los hechos y aportar o pedir la práctica de pruebas para su defensa.

La Opinión conoció en exclusiva el auto por medio del cual se cita a audiencia a los siete oficiales y suboficiales y se les formula cargos. Allí también se ordena cerrar la indagación que se adelantaba contra el mayor Fredy Alejandro Castillo Pineda, el capitán Carlos Iván Mayorga, el mayor Humberto Parada Galvis y el soldado Iván Andrés Yáñez Carvajal, por estos mismos hechos.

A continuación, les presentamos apartes de la imputación que le hacen a cada uno de los implicados:

Coronel Ilvar Orlando González

Al  entonces comandante de la Trigésima Brigada la Procuraduría le reprocha que conforme al manual de funciones, “le correspondía adelantar todas las gestiones necesarias, a fin de conseguir o dar la orden a quien correspondiere para el suministro del binomio canino, el cual, conforme a los protocolos y guías de seguridad, hubiera sido un elemento fundamental para la detección de los explosivos”.

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Dice el ente de control que la conducta presuntamente asumida por el oficial en su condición de comandante, se considera una falta grave a título de culpa.

El FBI esta participando en la investigación del carro bomba de la Brigada 30.

“Para el caso que nos ocupa, se puede precisar que, con ocasión de la presunta comisión de la falta endilgada al disciplinado, el despacho considera que, en razón a la omisión del disciplinado, se habría afectado el servicio a cargo del comando de la Brigada desde el punto de vista administrativo frente a las otras unidades”, se lee en el pliego de cargos.

Dentro de las pruebas que soportan el proceso se detalla que el 7 de abril de 2021, el segundo comandante del Batallón ASPC No. 30 le solicitó a González los perros para reforzar las acciones preventivas en la guarnición militar, teniendo en cuenta las informaciones de inteligencia que tenían.  “(…) se podría señalar que con dicha omisión se habría facilitado o dado paso al daño generado en el Cantón Militar”, dice el documento conocido por La Opinión.

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Y agrega que “le asistía al disciplinado el deber de asumir sus funciones de manera responsable y comprometida, valores militares que, al igual que la seguridad y la disciplina, se habrían afectado al presuntamente abstenerse de darle el trámite a la solicitud, afectando al mismo tiempo la misión que a esta última le correspondería en materia de seguridad”.

Coronel Pedro María Vega Losada

En su condición de jefe del Estado Mayor y segundo comandante de la Brigada 30, el Ministerio Público le endilga un único cargo porque, al parecer, no habría hecho seguimiento al estado de los riesgos de la seguridad del Cantón Militar San Jorge, a partir del 1 de marzo de este año, luego de que se remitiera un informe en el que se registraban los hallazgos en torno al estado de la guarnición y los puntos de control ubicados en la entrada principal, con ocasión de una alerta emitida sobre la posible comisión de acciones armadas por parte de grupos ilegales.

De acuerdo con la información que recopilaron los investigadores, solo se procedió a emitir un radiograma informando la novedad, “dejando desprovista la preservación de las instalaciones del Cantón y la integridad del personal que lo conforma”.

Así las cosas, al oficial se le cuestiona el no haber emitido órdenes y tomado decisiones frente a las debilidades advertidas, pues de haber sido adoptadas, era factible que la camioneta que ingresó al Batallón cargada con explosivos no hubiera pasado los controles, razón por la cual, para la Procuraduría era un deber ineludible de Vega Losada el hacer seguimiento a los riesgos de seguridad alertados.

“No se encuentra justificación alguna en relación de la omisión predicada del disciplinado desde la óptica de su competencia y por ende se le hace mayor exigibilidad frente al tema, ya que esos mismos riesgos que le fueron advertidos, son los que habrían dado paso a la comisión del atentado que nos ocupa, por ser las mismas fallas detectadas por la sección de Seguridad y la de Inteligencia Militar en la entrada principal y cuyo seguimiento siempre estuvo bajo su responsabilidad”, dice el auto del ente de control.

Con base en las pruebas recopiladas, la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales de la Procuraduría señala que el coronel tenía conocimiento sobre los posibles actos que estarían interesados en cometer los grupos armados y aun así, “no habría adoptado las medidas necesarias desde la órbita de su competencia frente a la administración del riesgo de la seguridad del Cantón, máxime si se tiene en cuenta que tan solo cinco días antes, desde el Comando de la Brigada, se le habría solicitado la disponibilidad de un binomio canino para la guardia principal”.

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Teniendo en cuenta este comportamiento, la presunta falta cometida por el segundo comandante de la Brigada 30 fue calificada como gravísima a título de dolo, dadas “las altas capacidades con las que contaba el encartado al momento de la comisión de la falta”.

Teniente coronel Carlos Andrés Sarmiento Gutiérrez

Al momento de los hechos, este oficial se desempeñaba como comandante del Batallón de Apoyo y Servicios de Cúcuta No. 30 y era el responsable de la seguridad del Cantón Militar San Jorge. Según lo que ha podido determinar la Procuraduría hasta el momento, este uniformado no habría adelantado todas las gestiones y actuaciones necesarias para contar con los perros y demás elementos de seguridad necesarios para la guardia de la entrada principal, propuesto por la Oficina de Inspección.

Dice el pliego de cargos que de la información recaudada se pudo evidenciar que el oficial solo habría elevado una solicitud para la asignación del binomio canino el 7 de abril y luego la sustentó ante el jefe de Estado Mayor el 25 de mayo.

“Se puede precisar que, no obstante contar el disciplinado con la información suficiente que le ilustraba las condiciones y estado de la seguridad del Cantón Militar, la cual era su responsabilidad, este no habría adoptado las medidas correctivas al respecto, exponiendo de tal forma al establecimiento militar a riesgos o ataques del enemigo, lo que finalmente terminó con el ingreso del vehículo cargado con explosivos, pudiendo con ello verificar la ausencia de las medidas recomendadas previamente”, señaló la Procuraduría.

Al igual que al segundo comandante, al teniente coronel Sarmiento le achacan una falta gravísima a título de dolo.

Mayor César Alexander Carrero Salcedo

A este oficial de operaciones del Batallón de Apoyo y Servicios para el Combate No. 30, la Procuraduría le reprocha el no haber elaborado las órdenes y adelantado las operaciones pertinentes de la unidad, “con ocasión de lo planteado el 27 de mayo en la Sala de Guerra de la Brigada 30”, cuando se dispuso que, como responsable de dicho cargo, debía asumir el compromiso y responsabilidad con la guardia, a fin de impartir órdenes y mitigar riesgos.

Sospechoso de atentado en la Brigada 30.

Asegura el ente de control que en ese momento se le habría dado al oficial toda la ilustración sobre las falencias que existían al respecto, a partir de un estudio de seguridad entregado al Comando del Batallón el 10 de marzo de 2021 y del cual Carrero Salcedo habría estado haciendo seguimiento.

“Con su conducta, el encartado habría dado lugar a la destrucción de los bienes al servicio del Cantón Militar San Jorge, daños acaecidos en las edificaciones donde operaba para ese 15 de junio de 2021 las Oficinas Jurídica, de Inteligencia y Contrainteligencia, entre otras, ya que de haber adoptado las medidas pertinentes, de haber impartido las directrices y haberle efectuado un correcto seguimiento al servicio de guardia en la entrada principal, muy seguramente se hubieran corregido las fallas y no se hubiera llegado a la ocurrencia de tales hechos, máxime si se tiene en cuenta que los hallazgos detectados de manera previa fueron los que precisamente dieron lugar al ingreso del carro bomba”, dice el Ministerio Público.

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De ahí que su falta también fue calificada como gravísima a título de dolo, por el conocimiento que tuvo el mayor frente a la situación.

Sargento Viceprimero Luis Eduardo Espejo López

Al momento de los hechos, este suboficial se desempeñaba como comandante de guardia y la Procuraduría decidió formularle un único cargo en razón a que el 15 de junio, día del atentado, habría omitido cumplir con el control del acceso vehicular a la base militar a las 12:32 de la tarde, incumpliendo los procedimientos y protocolos de seguridad, toda vez que a esa hora habría ingresado el vehículo que estalló horas más tarde dentro de la guarnición militar, sin que fuera revisado.

En este sentido, le cuestionan que era su deber, en condición de comandante de guardia, estar atento a cada situación que se presentara, más aún en la entrada principal, “uno de los puntos de riesgo de acciones del enemigo en contra de la Fuerza Pública”, razón por la cual el control de acceso a los vehículos tuvo que ser permanente. Su falta es considerada como grave a título de culpa.

Sargento Segundo Mario Andrés López Roque

A este uniformado le reprochan que en su condición de suboficial de administración asignado al servicio de guardia en la entrada principal del Cantón San Jorge el día 15 de junio, también habría omitido cumplir con el control de acceso vehicular, incumpliendo procedimientos de seguridad indispensables como el registro del ingreso del carro que estaba cargado con explosivos, en los libros de guardia.

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De acuerdo con los testimonios recopilados durante la investigación, López Roque habría estado ejerciendo funciones de comandante de guardia a las 12:30 del mediodía, puesto que el titular del cargo se encontraba en hora de almuerzo.

Su falta también fue calificada como grave a título de culpa, pues el ente de control señala que era su deber ordenarle al cabo de guardia llevar el registro y verificar el ingreso de peatones y vehículos al Cantón, situación que no se evidenció, al no encontrar datos ni de la camioneta que estalló más tarde, ni del excapitán Andrés Fernando Medina, señalado como uno de los cerebros del ataque.

Cabo segundo Oscar Leonel Pava Caviedes

Este suboficial era el cabo de guardia asignado para prestar turno el día que ocurrieron los hechos y según el pliego de cargos proferido en su contra, presuntamente, habría omitido cumplir el deber de controlar el acceso vehicular a la Brigada, “habida cuenta su ausencia en el punto de entrada del Cantón”.

La Procuraduría le achaca una falta grave a título de culpa, toda vez que le reprochan que, de haber asumido sus labores de mando, pudo advertir la irregularidad al momento de inspeccionar el vehículo, “labor que se habría dejado a la suerte de un soldado regular quien no estaría bajo su responsabilidad”.

 

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