Una de las principales preocupaciones que existen en el estado inicial de cualquier emprendimiento es cómo proteger la idea de negocio y evitar que un tercero usurpe el nombre de su empresa.
Por eso, para evitar que se aprovechen de su reputación o se apropien de todo lo que ha sido producto de su intelecto y conocimiento, La Opinión consultó con expertos en propiedad intelectual algunos consejos.
Manuela Rodríguez Maldonado, especialista en propiedad intelectual de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), explicó que lo primero que un empresario debe conocer y darle importancia es al alcance de los activos intangibles dentro de los que se encuentra la propiedad intelectual.
“Qué sería de Coca Cola si no pudiese impedir que un tercero, sin autorización, use su marca, o cómo podría saber Google que lo más valioso de su empresa es su nombre”, dijo.
Según la SIC, máxima autoridad en el tema, el titular de la marca o nueva creación, por el tiempo de vigencia señalado por la ley, puede impedir que terceros utilicen su nombre o permitir que lo exploten comercialmente a través del otorgamiento de licencias.
“Un ejemplo claro puede ser el inventor de una vacuna quien puede licenciar a cambio de una suma de dinero su fórmula para que sea comercializado”, dijo.
En el caso de los derechos de autor, por su parte, cuentan con protección durante más de ochenta años y no requieren declaración por parte de una autoridad.
Sin embargo, con fines de publicidad ante terceros, se pueden registrar ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor.
“Los emprendedores nortesantandereanos deben hacer uso de las herramientas legales que el estado provee, pues se convierten en una fuente de ingresos que en muchos casos es mayor que la simple comercialización de bienes y servicios”, dijo.
¡A patentar!
Mónica Fonseca, directora ejecutiva de Proempresas, explicó que los emprendedores que llegan a la entidad firman un acuerdo de confidencialidad, que incluye acompañamiento y seguimiento para que estén protegidas las ideas que van a desarrollar.
En el marco de la revisión del acuerdo, puede ocurrir que la iniciativa sea muy innovadora y por lo tanto sea susceptible; en ese caso, se requiere que sea registrada ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para la generación de una patente o de un modelo de utilidad.
“Todo depende del grado de desarrollo tecnológico que tenga la idea, en ese caso se hace todo el trámite ante la SIC”, dijo.
Lo primero es revisar cual es el desarrollo tecnológico y la validación técnica que tiene para garantizar que sea realmente un producto innovador.
Posteriormente, ante la SIC se hace la formulación del petitorio, el pago, la solicitud y el proceso de evaluación, que dura más o menos un año.
“Eso depende básicamente del procedimiento interno que hace la SIC, que es la que realiza el proceso”, dijo.
Después de estar patentado, el desarrollo se puede convertir en una empresa de base tecnológica o se puede vender como un tangible a otra empresa para que haga el proceso de explotación.
Estructurar la idea
Angelina Ropero Sánchez, coordinadora del proyecto Empréndelo, de la Cámara de Comercio de Cúcuta, explicó que la idea de negocio es la base fundamente para crear una empresa.
Por lo tanto se requiere generar varias ideas, analizarlas, evaluarlas y definir la idea principal.
Sin embargo, Ropero destaca que lo más importante es no quedarse en la idea y pasar a la acción.
“Cada emprendedor define su idea de negocio, que es la mejor para él aunque a otros no les parezca”, dice.
La identificación de una idea de negocio se debe hacer de manera práctica, dinámica y útil privilegiando las experiencias y conocimientos sobre la actividad empresarial.
Al momento de cristalizarla se deben tener en cuenta elementos como la persona, las necesidades en el entorno y el mercado y la evaluación de las ideas.
“Una vez hecho esto, el plan de acción en crear la empresa”, dijo.
Áreas de la Propiedad Intelectual
La propiedad intelectual se divide en dos categorías principales: los derechos de propiedad industrial, entre los que figuran las patentes, los modelos de utilidad, las marcas, los diseños industriales, los secretos comerciales, las obtenciones vegetales y las indicaciones geográficas; y el derecho de autor y los derechos conexos, que guardan relación con las obras literarias y artísticas o las empresas de programas informáticos, los productores de multimedios y los diseñadores de sitios Web.