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Ludy Páez impugnó el fallo de tutela que tumbó su elección como personera
9 de febrero es la fecha que le dio el juez de tutela a la mesa directiva, para dar por terminado el proceso de elección de personero.
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Lunes, 29 de Enero de 2024

Un fallo de tutela dejó sin piso, la semana pasada, la elección de Ludy Páez como personera de Cúcuta para el periodo 2024-2028  y le dio plazo a la mesa directiva del Concejo hasta el 9 de febrero para terminar con el proceso, retomando desde la etapa de las entrevistas a los candidatos al cargo.

Aunque la orden del juez Cuarto Penal Municipal con Función de Conocimiento es de inmediato cumplimiento, la afectada con esa decisión resolvió hacer uso de los recursos que todavía le quedan para reversar la sentencia y el viernes la impugnó.


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En el documento, de 14 páginas, Páez Ortega insiste en que la determinación adoptada por el funcionario judicial, amparando los derechos de los concejales Leonardo Jácome y Oliverio Castellanos a la igualdad y la participación política, así como el derecho fundamental de la oposición política, terminó “violentando” los derechos de quienes participaron en el concurso de méritos.

Dice que las reglas de juego de este proceso fueron previamente establecidas y no tuvieron reproche alguno por parte de los concejales que terminaron su periodo el pasado 31 de diciembre, ni por quienes iniciaron el actual, el pasado primero de enero.

“En el fallo proferido, para esta parte pasiva vinculada, se evidencia un prejuzgamiento por parte del juez de instancia, en donde desde el mismo prolegómeno de la sentencia, ya se vislumbra la decisión final, lo que se traduce en una parcialidad que desconoce los derechos de la suscrita, en este caso sí: a ser elegida, a participar del poder político, al debido proceso, la igualdad, la participación y, sobretodo, la confianza legítima”, se lee en la impugnación conocida por La Opinión.

Paéz también reprocha la posición asumida por el juez de tutela, cuando cuestiona que los 10 concejales encargados de hacer la entrevista son los mismos que eligieron al presidente del Concejo de Cúcuta para este primer año, y asegura que eso refleja una clara vulneración de la independencia de poderes que establece la Constitución.

“El elemento a valorar era la vulneración de derechos fundamentales dentro de un concurso de méritos, en donde a quienes se les puede vulnerar este derecho es a los participantes y no a la parte que tiene la responsabilidad de llevar a cabo el proceso, esto es, a los concejales”, dice Páez en su impugnación.


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De la misma forma, se muestra en desacuerdo con uno de los argumentos que esgrimió el juez de tutela para fallar a favor de Jácome y Castellanos, y es el no haber dado un plazo de tiempo claro, especificando día y hora, en el cual los concejales que tuviesen interés, pudieran postularse para participar en la elaboración de las 10 preguntas.

Al respecto, la personera hasta la semana pasada dice que los concejales no cumplen un horario determinado y, por ende, dicha postulación podía hacerse desde la publicación de la Resolución 0306 del 29 de diciembre, hasta antes de la sesión donde se iba a llevar a cabo la entrevista a los candidatos a la Personería, el 3 de enero.

Ludy Páez recuerda, además, que en casi la totalidad de los procesos de elección de personero, la entrevista la hace la mesa directiva, “sin que por ello se pueda alegar vulneración a los derechos de las minorías como en este caso”.

De la misma forma, insiste en que el fallo trata aspectos que nada tienen que ver con el concurso de méritos para elegir personero municipal.

“Deja un muy mal sinsabor que en el fallo se elucubre sobre aspectos que nada tienen que ver con el proceso de elección del personero, al resaltar la votación del candidato que en virtud del Estatuto de Oposición logró una curul al Concejo, ensalzando esta posición por la votación lograda, lo que indica la parcialidad del fallo”, dice Páez,

En ese mismo sentido, advierte que en la sentencia no se trató de garantizar el respeto del debido proceso conforme a la reglamentación expedida por el Concejo de Cúcuta, “sino que se convirtió en un tratado de defensa del concejal de la oposición Leonardo Jácome, accionante en este proceso”.


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Por esa razón, pide desestimar la conclusión a la que llegó el juez cuarto y revocar la decisión proferida, “pues en su afán de reglamentar el Estatuto de Oposición, terminó vulnerando mis derechos a elegir y ser elegida, debido proceso e igualdad”.

Hasta este fin de semana, la mesa directiva del Concejo de Cúcuta tampoco había anunciado las acciones que se emprenderán tras el fallo de tutela y si se proferirá o no una nueva resolución convocando la entrevista de los candidatos al cargo y definiendo las reglas de juego para la misma.

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