Suscríbete
Elecciones 2023 Elecciones 2023 mobile
Colombia
Corte ordena aislar casos y garantizar medicamentos tras brotes de tuberculosis en cárceles del país
El alto tribunal ordenó un plan sanitario de emergencia en Antioquia y Santander tras confirmar brotes de tuberculosis en estaciones de policía y cárceles con hacinamientos que superan el 1.200 %.
Authored by
Image
Colprensa
Colprensa
Miércoles, 10 de Diciembre de 2025

La Sala Especial de Seguimiento de la Corte Constitucional ordenó a las autoridades locales y nacionales implementar de inmediato un plan sanitario de emergencia en los departamentos de Antioquia y Santander para detener los brotes de tuberculosis que ponen en riesgo la vida de miles de personas recluidas en estaciones de policía y cárceles donde el hacinamiento impide condiciones dignas de salud.

El tribunal constitucional tomó esta decisión tras analizar reportes que evidencian un riesgo severo de propagación de enfermedades infectocontagiosas. La situación es crítica en los llamados Centros de Detención Transitoria, que son lugares como las estaciones de policía y las Unidades de Reacción Inmediata (URI), diseñados para estadías cortas pero que hoy albergan a detenidos por largos periodos en condiciones precarias.

La Corte calificó como inadmisible que las autoridades continúen con el traslado de personas de un lugar a otro sin garantizar medidas mínimas de salubridad, una práctica que expone al contagio no solo a los presos, sino también a los guardias, al personal administrativo y a las familias que realizan visitas.


Puede leer: Así incautaron 300 kilos de marihuana cripy oculto en el doble fondo de un camión en Santander


Las cifras reveladas por el alto tribunal mostraron la magnitud del problema en las dos regiones afectadas. En Medellín, por ejemplo, la estación conocida como Área Meval tiene capacidad para 18 personas, pero mantiene retenidas a 240, lo que representa un hacinamiento del 1.233 %, uno de los más altos del país. Un panorama similar se vive en el centro de detención de la Sijín en la capital antioqueña, donde el sobrecupo alcanza el 610 %. En Bucaramanga, la Estación Norte alberga a 152 ciudadanos en un espacio pensado solo para 15, lo que equivale a una sobrepoblación superior al 900 %.

La decisión judicial detalló casos específicos que encendieron las alarmas. En la cárcel El Pedregal de Medellín, la Secretaría de Salud confirmó que diez internas del patio femenino fueron diagnosticadas con tuberculosis, lo que puso en riesgo directo a otras 180 mujeres que comparten el mismo espacio. Aunque las autoridades reportaron haber aislado a las pacientes, las reclusas denunciaron que la cifra real de contagios podría ser mayor y que persisten las fallas en la atención médica y en el suministro de elementos de protección como tapabocas.

Por otro lado, en la Cárcel Modelo de Bucaramanga, que tiene un hacinamiento cercano al 78 %, se registró un brote en febrero de 2025 que afectó a más de cien internos. A pesar de estos antecedentes, la Corte recibió denuncias sobre el ingreso continuo de personas trasladadas desde estaciones de policía sin que se les realizaran pruebas médicas previas para descartar la enfermedad, lo que incrementó el peligro de nuevos contagios masivos.

Ante este escenario, la Corte impartió órdenes estrictas a las Alcaldías de Medellín y Bucaramanga, así como a los municipios de sus áreas metropolitanas como Bello, Itagüí, Floridablanca y Piedecuesta. Estas administraciones, en coordinación con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) y la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec), debieron adoptar medidas urgentes para garantizar agua potable, ventilación y atención médica.

El fallo exigió la ejecución inmediata de un plan de choque que siga los lineamientos del Programa Nacional de Tuberculosis. Este plan obligó a las autoridades a realizar pruebas de ingreso, conocidas como tamizajes, a todas las personas que entren al sistema o presenten síntomas respiratorios. También ordenó establecer zonas de aislamiento respiratorio para los casos sospechosos o confirmados, asegurando que estos espacios cuenten con la ventilación adecuada para evitar que la bacteria se concentre en el aire.

Una de las medidas más contundentes dictadas por la Sala fue la prohibición de mover presos entre distintos centros de reclusión si no cuentan con una certificación médica que demuestre que no son contagiosos. La Corte advirtió que no se pueden efectuar traslados sin este tamizaje previo, a menos que se trate de un transporte sanitario especializado con todas las medidas de bioseguridad.


Entérese: Estos son los subsidios que ofrecen las cajas de compensación familiar para brindar alivio económico


Además, se ordenó garantizar el suministro ininterrumpido de los medicamentos necesarios para el tratamiento de la tuberculosis, los cuales deben ser entregados bajo supervisión directa para asegurar que los pacientes los tomen correctamente.

El alto tribunal aclaró que la crisis no se resuelve solo con acciones dentro de las cárceles, sino que requiere la intervención del Ministerio de Salud para brindar asistencia técnica a los entes territoriales. Asimismo, ordenó a la Superintendencia Nacional de Salud ejercer una vigilancia reforzada para verificar que se cumplan los protocolos de detección y tratamiento en Antioquia y Santander.

Finalmente, la Corte Constitucional advirtió al Inpec que la implementación de estas medidas sanitarias no puede convertirse en una excusa para frenar el traslado de personas que ya fueron condenadas y que deberían estar en prisiones nacionales en lugar de centros transitorios. El objetivo de la orden fue proteger la vida y la salud de la población privada de la libertad, un grupo que, según recordó la sentencia, depende totalmente del Estado para su subsistencia y no puede ser sometido a tratos crueles derivados de la negligencia administrativa.


Gracias por valorar La Opinión Digital. Suscríbete y disfruta de todos los contenidos y beneficios en https://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion

Temas del Día