La Aeronáutica Civil estableció nuevas medidas para que las aerolineas no eleven los precios de los tiquetes aéreos en casos de pérdida de la conectividad terrestre, como sucedió recientemente en la vía que conduce a Quibdó, Chocó, o como sucede con la vía a Villavicencio.
A través de la Resolución 00205 del 9 de febrero de 2024, la Aerocivil estableció que las aerolíneas deben controlar sus sistemas tarifarios en relación con las rutas que hayan sido afectadas. Tanto para vuelos de itinerario como para vuelos adicionales, se deben mantener los precios vigentes de los tiquetes aéreos en las mismas tarifas del día anterior a la ocurrencia de los hechos que hayan interrumpido la conectividad.
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De acuerdo con la normatividad, las aerolíneas deberán ofrecer las rutas aéreas aprobadas y no podrán incrementar los precios de sus tiquetes durante el tiempo que dure la condición de emergencia.
A su vez, las tarifas de cualquier empresa que no hubiese estado operando previamente la ruta o rutas afectadas, pero que en aplicación de dichas disposiciones efectúe vuelos chárter sobre ellas, no podrán ser superiores a la más alta que esté siendo aplicada por las empresas que operan la ruta.
“Si no hubiese ninguna empresa operando previamente la ruta, las tarifas que propongan las empresas entrantes deberán ser aprobadas por la autoridad aeronáutica y en todo caso, no serán superiores a las existentes para otras rutas similares en extensión, duración de los vuelos y tipo de aeronave utilizada, como sea aplicable”, señaló el ente de control de la aviación.